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Superservicios puede sancionar a las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones por la liquidación inadecuada de los cargos de acceso (2:53 p.m.)

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03 de Junio de 2010

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La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) puede sancionar a las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones de larga distancia nacional e internacional cuando violen las leyes y los actos administrativos a que están sujetas, así como cuando incumplan los contratos que celebran con los usuarios. Esta fue la conclusión a la que llegó el Consejo de Estado al revocar la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró la nulidad de una resolución expedida por la Superservicios, en la que sancionaba a Empresa de Telecomunicaciones de Pereira S.A. por liquidar los cargos de acceso en forma redondeada por minuto y no por minuto o fracción de minuto, como lo ordenaba la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones en la Resolución 253 del 2000. Según la Sección Primera, la Superservicios puede investigar y sancionar a las empresas de telecomunicaciones por aplicación inadecuada de los cargos de acceso, pues se afecta la medición del consumo y el régimen tarifario (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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