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SIC actualiza instrucciones relacionadas con el régimen de protección de usuarios de servicios de telecomunicaciones (3:55 p.m.)

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23 de Noviembre de 2017

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La Superintendencia de Industria y Comercio acaba de modificar los capítulos primero, tercero y de eliminar el cuarto del Título III de la Circular Única, así busca indicar las obligaciones establecidas en el régimen de protección de los derechos de los usuarios (RPU) de servicios de comunicaciones expedido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, cuyo cumplimiento corresponde a los operadores. Se hace referencia a la obligación de los operadores de brindar a los usuarios información clara, cierta, completa y gratuita que permita tomar decisiones de consumo con pleno conocimiento de las condiciones de servicio que se ofrece o se presta. También se ocupa de lo pertinente al código único numérico, al derecho que tienen los usuarios a consultar el estado actualizado de sus trámites. El capítulo cuarto, el cual fue derogado, hacía referencia al programa de establecimiento de mecanismos de mejora en la atención al usuario. Estas disposiciones entrarán a regir a partir del 1º de enero del 2018, salvo lo relacionado a la remisión de expedientes electrónicos a la SIC para decisión del recurso de apelación, ya que este entrará en vigor desde el 1º de diciembre de este año.

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