Si existe cláusula de permanencia, usuario de telefonía móvil debe pagar por terminación anticipada (8:00 a.m.)
15 de Noviembre de 2013
Reproducir
Nota:
92674
De acuerdo con lo previsto en la Resolución 3066 del 2011, el usuario de telefonía móvil puede terminar el contrato en cualquier momento, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales pactadas y sin que le exijan explicaciones o requisitos innecesarios. Sin embargo, si existe cláusula de permanencia, deberá efectuar el pago por terminación anticipada, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Dicha solicitud simple de terminación, verbal o escrita, debe realizarla con una anticipación de 10 días calendario a la fecha del vencimiento del periodo de facturación, para que el proveedor interrumpa el servicio en el periodo respectivo. De lo contrario, lo realizará en el siguiente.
Opina, Comenta