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Sentencia Superindustria y ComercioExpendedores y proveedores pueden fijar libremente precios, según estructura de costos y márgenes de utilidad: SIC

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02 de Septiembre de 2020

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De acuerdo con una reciente sentencia de la Superintendencia de Industria y Comercio, teniendo en cuenta que en Colombia existe libertad de precios, los expendedores y proveedores los pueden fijar libremente, de acuerdo con su estructura de costos y márgenes de utilidad, es decir, quienes participan en la cadena de distribución tienen autonomía en la fijación del precio que cobrarán por la venta del producto. Así las cosas, para el caso bajo análisis, la demandada fijó el precio de un teléfono celular en $ 41.999.000, al que aplicándole un descuento del 90 % quedaba en $ 3.938.250, valor este que, de acuerdo con lo manifestado por el demandante, se ajusta al aproximado en el mercado. Según la superintendencia, no se probó la vulneración de los derechos del consumidor por publicidad o información engañosa, pues la demandada, en su libre voluntad de fijar precios, tasó el valor del celular que, al aplicarle el descuento ofrecido, se aproxima a los valores ofertados en el mercado, de manera que el demandante contaba con elementos de juicio para elegir entre la variedad de los bienes y servicios ofrecidos en general y adoptar decisiones de consumo razonables.

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