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Sentencia Superindustria y ComercioCondiciones de tiempo, modo y lugar de las promociones u ofertas deben informarse en la publicidad

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04 de Septiembre de 2020

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 33 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11), sobre promociones y ofertas, las condiciones de tiempo, modo, lugar y cualquier otro requisito para acceder a una promoción u oferta deberán informarse al consumidor en la publicidad. La omisión de la fecha hasta la cual está vigente la promoción o de la condición de que es válida hasta agotar el inventario determinado hará que se entienda válida hasta que se informe sobre su revocatoria por los mismos medios e intensidad con que se haya dado a conocer originalmente. En el caso bajo análisis, la Superintendencia de Industria y Comercio negó las pretensiones de la demanda encaminadas a proteger los derechos del consumidor, pues de la oferta aportada como material probatorio, la cual consistía en la posibilidad de adquirir un teléfono celular y beneficiarse con cuotas gratis, se evidenció que sí tenía fecha límite.

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