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Reforma constitucional que permite expedir ley de televisión no sustituye el principio de autonomía de la Cntv: Procuraduría (1:38 p.m.)

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24 de Noviembre de 2011

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Según la Procuraduría General de la Nación, el Acto Legislativo 02 del 2011, que facultó al Congreso de la República para expedir la ley que fije la política pública en materia de televisión, no se enmarca dentro de los presupuestos de la sustitución de la Constitución. El Ministerio Público pidió la constitucionalidad de la norma, pues estimó que el acto legislativo no sustituye el principio constitucional de autonomía otorgado a la Comisión Nacional de Televisión (Cntv), pues este no es propio del ente regulador de la televisión, que emplea el espectro electromagnético, sino que es un principio de naturaleza constitucional que permea toda la estructura del Estado. Aunque el principio de autonomía se refiere a la no sujeción jerárquica a otros órganos del poder público, los entes autónomos están subordinados al ordenamiento jurídico, por lo que no se opone a que la ley pueda establecer diversas capacidades y competencias de gestión administrativa y fiscal, con el propósito de mejorar la administración o la prestación de los servicios.

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