Operadores de telecomunicaciones no pueden modificar unilateralmente las condiciones pactadas en el contrato (10:54 a.m.)
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19 de Agosto de 2010
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Los operadores de telecomunicaciones no pueden modificar unilateralmente las condiciones pactadas inicialmente en el contrato, sin el consentimiento del usuario o sin que medie solicitud expresa de este. Así mismo, no pueden cobrar sumas por servicios que el usuario no ha solicitado ni aceptado previamente, recordó la Comisión de Regulación de Comunicaciones, en concepto de julio. Todos los usuarios tienen derecho a terminar el contrato en cualquier momento, incluso los que estén sujetos a cláusula de permanencia, siempre que cancele las sumas que se deban a la empresa por el servicio prestado y aquellas asociadas a la terminación anticipada, indicó.
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