Normas sobre tecnologías de la información y las telecomunicaciones son constitucionales
05 de Mayo de 2020
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Nota:
115482
Por medio de un comunicado, la Corte Constitucional declaró exequible la Ley 1341 de 2009, que definió los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y creó la Agencia Nacional del Espectro, y la Ley 1978 de 2019, que modernizó el sector de las TIC, distribuyó competencias y creó un regulador único. Igualmente, dispuso la exequibilidad de los artículos 8º y 9º de la Ley 1978. Las anteriores exequibilidades, en relación con el cargo por violación de la reserva de trámite legislativo estatutario, con ocasión de la alegada violación del artículo 152 de la Constitución Política. Para la corporación, luego de verificar la necesidad de integrar una unidad normativa entre ambas normas indicadas, concluyó que el régimen TIC que componen ambas leyes no está amparado por reserva de ley estatutaria. Por el contrario, constató que las normas que componen el referido régimen constituyen el desarrollo del mandato que prevé el artículo 75 superior. Conozca todos los argumentos en documento adjunto (M.P. Cristina Pardo Schlesinger).
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