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No puede concluirse la debilidad de una marca por el hecho de que el titular se encuentre en liquidación (3:55 p.m.)

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29 de Noviembre de 2010

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El Consejo de Estado declaró la nulidad de una resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio en la que se concedía el registro de la marca “American Telecom”. El titular de esta marca señalaba que la expresión “Telecom” era débil por cuanto el titular se encontraba en liquidación. La Sección Primera no estuvo de acuerdo con la afirmación, dado que ello no impide que una marca pueda tener importancia económica en un momento determinado, máxime si se trata de una perteneciente a un sector de la economía como el de las telecomunicaciones. La corporación señaló que la marca “Telecom” no puede considerarse genérica, sino evocativa, pues la empresa en liquidación le ha dado realce y categoría a dicha expresión (C.P. Marco Antonio Velilla Moreno).

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