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Listo fallo que permite a personas condenadas acceder a permisos para usar el espacio electromagnético (9:12 a.m.)

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12 de Diciembre de 2016

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La Corte Constitucional publicó el texto de la Sentencia C-634 del 2016, que declaró inexequible el numeral cuarto del artículo 14 de la Ley 1341 del 2009, en el que se contemplaba como inhabilidad para acceder a los permisos para usar el espacio radioeléctrico haber sido condenado a penas privativas de la libertad, salvo cuando se trate de delitos políticos o culposos. En la providencia, la corporación explica que la norma objeto de demanda niega el derecho que tienen las personas condenadas a retornar a la vida democrática y al ejercicio de los derechos. Precisamente, hizo ver que, sin tener otro supuesto diferente que la presunción de antijuridicidad de las actuaciones futuras e hipotéticas, el legislador excluyó a las personas condenadas por delitos dolosos del ejercicio pleno de las libertades de expresión e información. A su vez, adujo que las libertades mencionadas hacen parte de las garantías esenciales del Estado constitucional, por lo que solo una sociedad que permite el intercambio intenso y continuo de opiniones e informaciones puede considerarse genuinamente democrática y, en aras de proteger el pluralismo y la diversidad de opiniones, es necesario que en ese intercambio participen todas las personas. En consecuencia, las limitaciones a ese derecho de participación deben ser indispensables para cumplir con fines constitucionalmente imperiosos (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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