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Fallas en la prestación del servicio de telefonía móvil pueden dar lugar a la finalización inmediata del contrato por parte del suscriptor (10:43 a.m.)

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22 de Septiembre de 2010

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Las fallas en la prestación de los servicios de telefonía móvil, como interrupciones, faltas de tono o desconexiones injustificadas, reflejan un incumplimiento por parte del operador, en cuanto a la obligación que tiene de prestar el servicio contratado en forma continua e ininterrumpida, por lo que el suscriptor puede dar por terminado el contrato de forma inmediata sin lugar al pago de penalización y con derecho a recibir compensación, en dinero o en minutos, por el tiempo en que el servicio no estuvo disponible, señaló la Comisión de Regulación de Comunicaciones. La entidad recordó que, de acuerdo con la legislación civil, los contratos son ley para las partes y deben cumplirse. Por lo tanto, las modificaciones sobre las condiciones contratadas deben hacerse de común acuerdo entre las partes y bajo ningún punto de vista por el operador de manera unilateral.

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