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Explican a quién pertenecen los bienes muebles adquiridos con recursos estatales en desarrollo de un contrato de ejecución de un proyecto de ciencia y tecnología (10:17 a.m.)

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05 de Abril de 2011

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Los contratos de ciencia y tecnología son contratos estatales regulados en sus aspectos sustantivos por los decretos legislativos 393 y 591 de 1991, y en aspectos procesales, por la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de Contratación Pública). Así lo explicó el Consejo de Estado, en concepto dado a conocer recientemente, en virtud de una consulta elevada por el Ministerio de Agricultura. El tema consultado se refería a la propiedad de los bienes muebles adquiridos con recursos estatales en desarrollo del contrato de ejecución de un proyecto de ciencia y tecnología. El Consejo indicó que en aspectos sustanciales, como el consultado, la fuente normativa está, en primer lugar, en las normas especiales o, subsidiariamente, en la Ley 80 y las estipulaciones contractuales. Como el asunto consultado no está regulado en las normas especiales ni en la Ley 80, en cada caso deberá examinarse el convenio. De esta forma, la corporación admitió que es posible acordar que esos bienes y equipos pasen a ser de propiedad de los ejecutores de los proyectos de ciencia y tecnología (C.P. Enrique José Arboleda Perdomo).

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