Estas son las nuevas reformas al régimen de protección de los usuarios de telecomunicaciones (4:56 p.m.)
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11 de Agosto de 2010
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La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) acaba de modificar varios artículos del régimen de protección de los derechos de los suscriptores y/o usuarios de los servicios de telecomunicaciones (Resolución 1732/07), relacionados con la transferencia de saldos de las tarjetas prepago, las cláusulas de permanencia mínima, el periodo de facturación, la entrega oportuna de la factura, la presentación de quejas y reclamos ante los operadores y la manera en que estos deben notificarles a los usuarios las decisiones adoptadas frente a tales reclamaciones. En cuanto al primer tema, la Resolución 2595 del pasado 6 de agosto señala que, a más tardar el próximo 1° de noviembre, los usuarios tendrán 30 días calendario, contados a partir de la fecha de concluida la vigencia de la tarjeta prepago, para transferir el saldo no consumido a una nueva tarjeta prepago, independientemente del costo de la misma. Así mismo, a partir de esta semana, los operadores deberán informarles detalladamente a sus usuarios las condiciones asociadas a la cláusula de permanencia mínima al momento de ofrecer los servicios. De otro lado, fue derogada la disposición que obligaba a los usuarios de telefonía local y local extendida a mantenerse, al menos por dos meses, en cualquiera de los planes elegidos, y se redujo a un mes el periodo máximo de facturación.
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