Establecen obligaciones de proveedores de redes y servicios móviles en relación con estrategias contra el hurto (2:08 p.m.)
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29 de Octubre de 2015
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La Comisión de Regulación de Comunicaciones, a través de la Resolución 4813 del pasado 26 de octubre, estableció las obligaciones que deben cumplir los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles (PRSTM), en cuanto a la identificación de los equipos terminales móviles que operan en sus redes, así como de cargue y actualización de información en las bases de datos positivas y negativas, en el marco de la estrategia nacional contra el hurto. Para efectos de garantizar que los equipos que se ajusten a las condiciones técnicas de las redes no hayan sido objeto de alteraciones en su mecanismo de identificación, los PRSTM deben realizar la implementación, adecuación y operación de sus procesos y plataformas, según sea requerido, de las siguientes actividades: validación y diagnóstico preliminar, verificación centralizada y control. A partir del 1° de agosto del 2016, los PRSTM y el administrador de las bases de datos deberán disponer de todos los recursos técnicos y operativos que permitan el acceso directo del Mintic a las bases de datos positivas y negativas, para el ejercicio de funciones de vigilancia y control.
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