Establecen contraprestaciones a cargo de proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (2:46 p.m.)
65781
23 de Abril de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
En cumplimiento de la Ley 1341 del 2009 (nuevo régimen de telecomunicaciones), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) estableció el valor de las contraprestaciones por la habilitación general y la utilización del espectro radioeléctrico a cargo de los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones sujetos a esa norma. Por la habilitación general, la tarifa es del 2,2% de los ingresos brutos causados por la provisión de redes y/o servicios de telecomunicaciones, sin incluir terminales. Su liquidación y pago se efectuará cada tres meses, en los términos de la Resolución 290 del 2010.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!