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Durante la suspensión de la línea de telefonía móvil atribuible al suscriptor, operador puede efectuar cobros de cargo fijo mensual (11:49 a.m.)

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03 de Agosto de 2010

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Los cargos por suspensión y el fijo mensual son los únicos que, según las estipulaciones contractuales, puede cobrar el operador de telecomunicaciones durante el tiempo en que la línea dure suspendida, pues aunque el usuario no esté utilizando el servicio y no existan consumos, la línea continúa vigente y en capacidad de ser reactivada en cualquier momento, situación que se convierte en un costo para el operador móvil, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, en concepto de junio. En el contrato de prestación de servicios se pueden establecer las causales de suspensión atribuibles al suscriptor.

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