Coronavirus (covid-19)Por la emergencia se pueden modificar los beneficios adquiridos en la convención colectiva de trabajo
23 de Septiembre de 2020
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De acuerdo con lo previsto en el Decreto 771 del 2020, el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital, el cual aplica a los trabajadores del sector privado y público que devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esta medida es temporal y transitoria mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por la propagación del coronavirus (covid-19), indicó el Ministerio del Trabajo. Así mismo, precisó, es posible que el empleador, trabajadores y organizaciones sindicales acuerden modificaciones temporales frente a los beneficios adquiridos en la convención colectiva de trabajo, con el fin de proteger y mantener el empleo durante la emergencia de salud pública. Sin embargo, en la eventualidad de que la situación genere conflictos entre las partes, será la justicia ordinaria, con competencia exclusiva y excluyente para declarar derechos y definir controversias laborales, la que decida las situaciones sometidas a su consideración.
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