Coronavirus (covid-19)Fijan contraprestación a cargo de los operadores postales por el periodo 2020 - 2022
26 de Junio de 2020
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Nota:
116815
El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones modificó el numeral 2 del artículo 2.2.8.4.4 del Decreto 1078 del 2015, para fijar la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales, para la vigencia comprendida entre el 1º de julio del 2020 y el 30 de junio del 2022, inclusive. Entonces, según la norma, la contraprestación periódica es equivalente al 2,5 % de sus ingresos brutos por concepto de la prestación de servicios.
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