Controversias contractuales sobre servicios de radiodifusión sonora y televisión no requieren de interpretación prejudicial (3:33 p.m.)
06 de Diciembre de 2013
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Nota:
93194
La Sección Tercera del Consejo de Estado señaló que los servicios de radiodifusión sonora y televisión fueron excluidos expresamente de la aplicación de la Decisión 462, “norma que regula el proceso de integración y liberalización del comercio de servicios de telecomunicaciones en la Comunidad Andina”. En este sentido, precisó que las controversias contractuales sobre estos servicios no requieren de interpretación prejudicial por exclusión expresa de las normas regionales (C. P. Ramiro de Jesús Pazos Guerrero).
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