Calidad de proveedor de contenidos y aplicaciones e integrador tecnológico se puede ostentar de manera simultánea (8:22 a.m.)
25 de Septiembre de 2015
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Nota:
102911
Frente a la posibilidad de ostentar la calidad de proveedor de contenidos y aplicaciones (PCA) e integrador tecnológico de manera simultánea, la Comisión de Regulación de Comunicaciones precisó que ni la Resolución 3501 del 2011 ni la plataforma que tiene implementado el sistema de registro de PCA e integradores tecnológicos (RPCAI) contienen limitantes que impidan a una persona natural o jurídica ejercer la labor simultáneamente. En consecuencia, si un agente del mercado de SMS es responsable directo de la producción, generación y/o consolidación de contenidos y aplicaciones a través de redes de telecomunicaciones y, a su vez, provee a terceros infraestructura de conexión y de soporte entre los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones (PRST) y los PCA que no poseen conexión directa con estos, puede ostentar la calidad de PCA y de integrador tecnológico de manera simultánea.
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