Adoptan medidas en materia electoral, informativa y de orden público para las elecciones presidenciales (4:17 p.m.)
25 de Mayo de 2010
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Nota:
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Con el propósito de garantizar el normal desarrollo de las elecciones del próximo domingo 30 de mayo y del 20 de junio, si hay segunda vuelta presidencial, el Gobierno acaba de reglamentar la emisión de programas, mensajes, entrevistas o ruedas de prensa con candidatos y dirigentes políticos, la publicación de encuestas, el manejo de información de resultados electorales, las manifestaciones y actos de carácter político, el uso de celulares en puestos de votación, el tránsito de automotores, el porte de armas y el papel de los operadores de telecomunicaciones durante el proceso electoral, entre otros temas. El Decreto 1800 del 2010 también establece la ley seca, desde las 6:00 p.m. del viernes 28 de mayo hasta las 6:00 a.m. del lunes 31 de mayo. Para la segunda vuelta, la restricción es similar (del viernes anterior a las elecciones al lunes siguiente). Los gobernadores y alcaldes podrán decretar el toque de queda, si es necesario para prevenir posibles alteraciones del orden público, agrega la norma.
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