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Establecen reglas para la asignación de recursos a través del fondo único TIC

Esta normativa aplica para los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, que tengan interés en ser asignatarios de recursos del fondo único de TIC.

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24 de Octubre de 2023

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El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones mediante la Resolución 3689 del 2023 estableció las reglas para la asignación, ejecución y seguimiento de los recursos que asigne el fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones (Fondo único de TIC) a favor de proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, en el marco de las funciones que le atribuyen los numerales 1º, 2 y 23 del artículo 35 de la Ley 1341 del 2009, por medio de un proceso previo de convocatoria 

Esta normativa aplica para los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, que tengan interés en ser asignatarios de recursos del fondo único de TIC, en los términos del artículo 1° de esta resolución, quienes deberán encontrarse incorporados en el registro único de TIC. (Lea:  Mintic reglamenta el proceso de la subasta 5G). 

El documento establece que las convocatorias podrán ser llevadas a cabo por el fondo único de TIC o por un tercero que contrate para tales efectos. Se podrán abrir convocatorias que estén dirigidas a promover el acceso o servicio universal de las TIC en zonas rurales, urbanas o geográficamente aisladas, que priorice la población pobre y vulnerable, así como aquellas dirigidas a proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que brinden acceso a internet fijo residencial minorista que tengan menos de 30.000 usuarios reportados en el Sistema de Información Integral del Sector de TIC. 

Mediante un acto administrativo o documento correspondiente, en caso de que la convocatoria se adelante por un tercero, se dará apertura a cada una de las convocatorias que serán publicadas en la página web o canal oficial de Mintic. 

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