Señalan cuándo procede la tutela en el contexto del servicio educativo prestado bajo parámetros de un contrato civil (11:48 a.m.)
04 de Agosto de 2014
Reproducir
Nota:
62555
Cuando el servicio educativo se presta bajo los parámetros de un contrato civil todos los conflictos que se generen ante el incumplimiento de los compromisos asumidos o las controversias que se deriven en la relación contractual deben ser dirimidos por la jurisdicción ordinaria, así lo advirtió la Corte Constitucional. Sin embargo y, de manera excepc
Opina, Comenta