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Señalan cuándo procede la tutela en el contexto del servicio educativo prestado bajo parámetros de un contrato civil (11:48 a.m.)

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04 de Agosto de 2014

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Cuando el servicio educativo se presta bajo los parámetros de un contrato civil todos los conflictos que se generen ante el incumplimiento de los compromisos asumidos o las controversias que se deriven en la relación contractual deben ser dirimidos por la jurisdicción ordinaria, así lo advirtió la Corte Constitucional. Sin embargo y, de manera excepc

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