Revisor fiscal no puede omitir la denuncia de actos de corrupción que encuentre en el ejercicio de sus funciones (8:20 a.m.)
01 de Junio de 2012
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Nota:
81343
La Corte Constitucional dio a conocer el texto de la sentencia que declaró exequible el artículo 7° de la Ley 1474 del 2011 (Estatuto Anticorrupción), en el que se establece que el contador que se desempeñe como revisor fiscal no puede alegar el secreto profesional para exonerarse de la obligación de poner en conocimiento de las autoridades los actos
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