Reiteran el derecho que tiene el cónyuge supérstite separado de hecho a la pensión de sobrevivientes (11:15 a.m.)
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28 de Agosto de 2012
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La Corte Suprema de Justicia reiteró que el cónyuge supérstite, separado de hecho, tiene derecho a la pensión de sobrevivientes, pese a no estar conviviendo con el pensionado o afiliado en el momento del deceso, y que solo es necesario demostrar que hubo convivencia, en cualquier época, por un término de cinco años. La Sala Laboral explicó que el art
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