Proferido el fallo, no es viable declarar la nulidad oficiosa del proceso de responsabilidad fiscal (8:55 a.m.)
23 de Abril de 2013
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Nota:
88129
Una vez proferido el fallo o decisión final en el proceso de responsabilidad fiscal, no es jurídicamente viable decretar de manera oficiosa la nulidad, pues las actuaciones son preclusivas y, una vez surtidas, expiran inexorablemente, sin que sea posible volver a ellas, indicó la Contraloría General de la República. En este caso, si no se advirtieron
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