Suspendido abogado por seguir ejerciendo pese a estar sancionado
11 de Febrero de 2021
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El Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional del Consejo Seccional de Antioquia que sancionó a un abogado con la suspensión en el ejercicio de la profesión durante seis meses y multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes. El caso surgió luego de que un juzgado civil de Medellín compulsara copias en contra del abogado porque este se presentó como apoderado en un caso que cursaba en el juzgado pese a estar suspendido del ejercicio de la profesión. La sanción se impuso luego de encontrar responsable al abogado de cometer a título de dolo la falta contemplada en el artículo 39 de la Ley 1123 de 2007 (falta disciplinaria por violación de régimen de incompatibilidades) en concordancia con el numeral 4º del artículo 29 (incompatibilidad: abogados suspendidos de la profesión) de la misma ley y, con ello, infringió el deber profesional consagrado en el numeral 14 del artículo 28 de la norma (respetar el régimen de incompatibilidades). Luego de revisar los hechos, el material probatorio y la valoración que hizo de este el juez de primera instancia, la Sala encontró que en el caso concreto se cumplían los requisitos de tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad, necesarios para confirmar la sanción impuesta. (M.P. Alejandro Meza Cardales)
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