Suspenden a un juez que impuso un subrogado penal que no era procedente
14 de Abril de 2020
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Nota:
115727
La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura revocó parcialmente la sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de Caldas, que sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por un mes a un juez penal del circuito, por infringir el deber consagrado en el numeral 1° del artículo 153 de la Ley 270 de 1992, la prohibición del numeral 3° del artículo 154 ídem y el artículo 29 de la Constitución Política. Según los hechos del caso, el fallador cometió un error en un proceso penal relacionado con el delito de hurto calificado y agravado, toda vez que concedió el subrogado de la suspensión condicional de la pena, siendo lo correcto decretar la extinción de la pena por cumplimiento. A juicio de la sala, no cabe duda el desconocimiento del deber del juez al no haber extinguido la pena del procesado, pero de forma desacertada procedió a imponerle un subrogado que evidentemente no procedía (M. P. Alejandro Meza Cardales).
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