15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Suspenden a abogado por no ser diligente en un proceso de liquidación de sociedad conyugal (4:10 p.m.)

09 de Agosto de 2019

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Nota:
121160
El Consejo Superior de la Judicatura, revocando parcialmente una decisión de instancia, suspendió por cinco meses del ejercicio profesional a un abogado luego de encontrarlo responsable de cometer una falta disciplinaria relacionada con la debida diligencia profesional, a título de dolo. Esta falta está descrita en el numeral 1º del artículo 37 de la Ley 1123 del 2007: “Demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas”. En efecto, se encontró que el disciplinado no realizó ninguna gestión en un proceso de liquidación de sociedad conyugal (M. P. Carlos Mario Cano).

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