‘Software’ personalizado al funcionamiento interno de la entidad no puede tener el mismo objeto del eKOGUI
29 de Octubre de 2020
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Nota:
118183
El Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado (eKOGUI) tiene el carácter de ser el único sistema de información y la única base de datos que puede existir sobre la materia. Sin embargo, aclaró la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en el evento en que una entidad quiera adquirir un software para el control de procesos judiciales, administrativos, coactivos y disciplinarios, personalizado al funcionamiento interno y a sus propios requerimientos de información, lo puede hacer en el marco de la autonomía que le asiste, para lo cual deberá evaluar si dicha adquisición respeta los preceptos normativos correspondientes, en relación a que en ningún caso puede contemplar y desarrollar sistemas de información que tengan el mismo objeto del eKOGUI.
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