Si el comparendo de tránsito contiene una obligación clara, expresa y exigible, procede el cobro coactivo (4:15 p.m.)
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04 de Diciembre de 2012
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En la audiencia que se realiza ante la autoridad de tránsito, el presunto infractor puede y debe explicar los hechos, motivos y circunstancias que dieron lugar a la imposición del comparendo y, si es del caso, solicitar la exoneración de la sanción, indicó el Ministerio de Transporte. Si del documento se determina una obligación clara, expresa y exigible, es posible continuar con el proceso de cobro coactivo. El deudor puede controvertir la obligación a través de las excepciones planteadas dentro del proceso correspondiente, si no está de acuerdo con la obligación.
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