Sentencias sobre obligaciones en moneda extranjera deben precisar límites de su cambio (3:40 p.m.)
07 de Mayo de 2013
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Nota:
87803
Para que sea procedente evaluar un pronunciamiento judicial en sede de casación, este debe haber resuelto todos los extremos de la relación material de forma completa y clara, señaló la Corte Suprema de Justicia. En el caso concreto, al tratarse del cobro de una obligación pactada en moneda extranjera, el alto tribunal determinó que un fallo que no resuelve aspectos como la fecha que debe tenerse presente para efectuar el cambio de la moneda extranjera, ni los límites temporales de los intereses corrientes y moratorios, genera incertidumbre alrededor de esos referentes litigiosos. Lo anterior puede conducir a la especulación o aprovechamiento interpretativo de uno u otro litigante sobre el sentido de la decisión, con las consecuencias nocivas a las partes mismas y al servicio de justicia, precisó la Sala (M.P. Margarita Cabello Blanco).
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