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Sancionan a un juez por desconocer los principios que rodean la tutela (5:26 p.m.)

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26 de Agosto de 2016

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Una decisión reciente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó la sanción a un juez con suspensión del cargo por un año y la inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo periodo, al haber desconocido los principios de subsidiariedad e inmediatez que rodean la procedencia de la acción de tutela y, de esta manera, desbordar su órbita constitucional. El operador judicial amparó los derechos fundamentales de unos trabajadores que habían sido despedidos por una entidad que entró en un proceso de liquidación. Desde el momento que se presentó ese hecho y cuando se acudió a la administración de justicia transcurrieron más de tres años, “lo que indiscutiblemente violó el principio de inmediatez”. En cuanto al principio de subsidiariedad, dijo la sentencia que también fue transgredido por el investigado, pues los accionantes contaban con otro medio de defensa judicial, como era acudir a la jurisdicción ordinaria laboral. Finalmente, la Sala enfatizó que “no es aceptable que un operador judicial haya desconocido sin justificación alguna la normativa legal que rige el trámite de las acciones de tutela, haciendo de lado la abundante jurisprudencia constitucional sobre su procedencia y abrogándose facultades del juez ordinario” (M. P. Pedro Alonso Sanabria).

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