Sala Disciplinaria explica una incompatibilidad para ejercer la profesión de abogado (9:40 a.m.)
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26 de Diciembre de 2018
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Una providencia reciente del Consejo Superior de la Judicatura concluye que no pueden ejercer la profesión los abogados en los asuntos que hubieren conocido en desempeño de un cargo público o en los cuales intervinieron en ejercicio de funciones oficiales. Tampoco podrán hacerlo ante la dependencia en la cual hayan trabajado dentro del año siguiente a la dejación de su cargo o función y durante todo el tiempo que dure un proceso en el que hayan intervenido. Por no tener en cuenta esta incompatibilidad un litigante fue sancionado. Encuentre los detalles de este caso en el documento adjunto a esta nota (M. P. Julia Emma Garzón).
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