12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 40 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Sala Civil reitera noción de normas sustanciales para efectos de casación (2:10 p.m.)

12 de Diciembre de 2012

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Nota:
85222
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia reiteró que se consideran como normas sustanciales, para efectos de una demanda de casación, aquellas que en razón de una situación fáctica concreta declaran, crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas también concretas entre las personas implicadas en tal situación. Por otra parte, el alto tribunal recordó que para dar cumplimiento a ese requisito, es necesario indicar siquiera una de las disposiciones normativas de esa naturaleza que haya sido base esencial del fallo impugnado, o que haya debido serlo. Adicionalmente señaló que no son normas sustanciales las que se limitan a definir fenómenos jurídicos o a describir sus elementos, precisamente porque al ser tales no pueden atribuir derechos subjetivos, ni las que regulan determinada actividad procesal o probatoria. Finalmente, la Sala sostuvo que los preceptos constitucionales, por ser de carácter general, y en contraste, ser la ley la encargada de desarrollarlos y reglamentarlos, en principio no pueden considerarse como norma sustancial para los fines del recurso de casación, sin perjuicio de que en casos particulares dichas preceptivas puedan ser las que directamente regulen el punto materia del debate (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).

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