Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Reiteran condiciones para aplicar la excepción de contrato no cumplido frente al Estado (11:42 a.m.)

84152

27 de Septiembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Consejo de Estado reiteró que la aplicación de la excepción de contrato no cumplido que propone el contratista frente al Estado está condicionada a que exista un contrato bilateral o sinalagmático, esto es, fuente de obligaciones recíprocas, correspondientes o correlativas; al incumplimiento actual de obligaciones de una de las partes contratantes; a la imposibilidad de cumplir por parte del contratista como consecuencia de la omisión de la otra parte; a que el incumplimiento pueda identificarse como fuente o causa de la inobservancia de las obligaciones ante las cuales se opone y al cumplimiento de los demás compromisos por parte de quien la invoca o, al menos, a la decisión seria y cierta de cumplirlos mediante el allanamiento correspondiente. Por otra parte, aclaró que el cumplimiento tardío de las obligaciones contraídas por las partes en un negocio jurídico causa perjuicios al acreedor de la prestación (C.P. Hernán Andrade Rincón).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)