Recuerdan los presupuestos para la aprobación de un acuerdo conciliatorio (3:06 p.m.)
02 de Marzo de 2020
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Nota:
114789
El Consejo de Estado recordó los presupuestos para que prospere la aprobación de los acuerdos conciliatorios suscritos por las partes procesales. Así, la ley exige que este sea (i) celebrado por los apoderados de las partes con facultad expresa para conciliar, (ii) que su objeto sea un conflicto de carácter particular y de contenido económico y (iii) que el mismo esté fundado en pruebas, no sea violatorio de la ley ni lesivo para el patrimonio público. Por otro lado, indicó que el daño moral consiste en la aflicción y los sentimientos de desesperación, desasosiego o temor que invaden a la víctima directa o indirecta de un daño antijurídico individual o colectivo y para su reparación se establecen cinco niveles de cercanía afectiva entre la víctima directa y aquellos que acuden a la justicia en calidad de perjudicados o víctimas indirectas (C. P. María Marín).
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