Recuerdan conformación del título ejecutivo complejo en la contratación estatal (11:00 a. m.)
22 de Mayo de 2015
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Nota:
101324
Bajo el artículo 68 del Código Contencioso Administrativo, la integración del título ejecutivo en materia de contratación estatal se da con base en uno o más documentos o actos jurídicos, recordó la Sección Tercera del Consejo de Estado. De ese modo, el mérito ejecutivo por la jurisdicción coactiva provendrá de los documentos conformados por los textos contractuales, las garantías, los actos administrativos y los demás que presente el deudor, indicó la corporación. En ese sentido, recalcó la importancia de que tales documentos contengan una obligación clara, expresa y actualmente exigible (C. P. Hernán Andrade).
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