Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Valorar una prueba no necesariamente implica admitir su contenido (7:10 a.m.)

108996

26 de Octubre de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Segunda del Consejo de Estado, a través del estudio de la jurisprudencia de la Corte Constitucional, recordó que la simple trasgresión de las normas procesales que regulan la inclusión de pruebas en las diligencias judiciales no implica una afectación de las formas propias de los juicios. Así mismo, aclaró que valorar una prueba no necesariamente implica admitir su contenido. “Dicha valoración es, precisamente, el procedimiento previo que permite establecer si el contenido de lo que se prueba puede ser admitido como elemento de convicción y sustento de la consecuencia jurídica”, enfatiza la providencia (C. P. Carmelo Perdomo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)