Títulos ejecutivos provenientes de contratos estatales no son suficientes por sí solos para ser ejecutados (8:20 a.m.)
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29 de Febrero de 2012
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El Consejo Superior de la Judicatura afirmó que los títulos ejecutivos provenientes de contratos estatales no son suficientes por sí solos para ser ejecutados ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. En esa medida, aclaró que estos títulos deben estar acompañados del contrato, de la aceptación previa del representante de la entidad o su delegado o de la aceptación de ese documento por la administración. A juicio del alto tribunal, esta exigencia está justificada en que la Ley 80 de 1993 exige que el título esté respaldado en el negocio jurídico subyacente. El Consejo aceptó que esta tesis revierte la que ha sostenido hasta el momento sobre la autonomía de los títulos valores, independientemente de su origen (M.P. María Mercedes López Mora).
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