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Suspenden a litigante por abandonar un proceso ejecutivo (8:40 a.m.)

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30 de Diciembre de 2019

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Constituye falta a la debida diligencia profesional demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas. Así lo afirmó una sentencia reciente del Consejo Superior de la Judicatura luego de confirmar la suspensión de seis meses y multa de dos salarios mínimos en contra de un abogado por abandonar un proceso ejecutivo. Encuentre más detalles del caso en el documento adjunto a esta nota (M. P. Julia Emma Garzón).

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