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Siguen sancionando a abogados por no entregar dineros a sus clientes (11:42 a.m.)

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14 de Diciembre de 2017

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La Sala Disciplinaria confirmó recientemente una sentencia que sanciona a un litigante por cometer faltas contra la honradez y la lealtad. En efecto, y según reseña el proceso, el disciplinado actuó como apoderado en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de una resolución de la Secretaría de Educación de Bogotá, a fin de lograr el reconocimiento y pago del incentivo salarial y profesional de ruralidad, establecido en el artículo 134 de la ley 115 de 1994. Tiempo después, un juzgado administrativo falló a favor de estas pretensiones; no obstante, cuando fue cancelada la acreencia no fue entregada al cliente. El alto tribunal reprochó esta conducta desde el ángulo de la ética profesional y resolvió suspenderlo por un año, luego de considerar que se trató de una conducta grave, pues sacrificó derechos sustanciales de su poderdante, en tanto se apropió injustificadamente de sus esfuerzos, y la dejó sin las prestaciones que la ley le otorgó por laborar en centros educativos rurales de difícil acceso (M. P. Fidalgo Javier Estupiñán).

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