Sentencia Superindustria y ComercioProveedor responde por daños derivados de información insuficiente (8:25 a.m.)
60358
03 de Abril de 2018
Escucha esta noticia audio generado con IA
En términos generales, el deber de informar supone la existencia de una relación de consumo en virtud de la cual un consumidor adquiere un bien o servicio a un productor y/o proveedor, determinado por las condiciones objetivas y específicas anunciadas respecto del mismo. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, el bien o servicio debe ajustarse a las características de uso y funcionamiento anunciadas, so pena de resultar el productor y/o proveedor responsables de todo daño que resulte de la inadecuada o insuficiente información. Así las cosas, evaluar la veracidad y suficiencia de la información que determinó la intención de compra es muy importante en torno a la protección de los derechos de los consumidores en el marco de la acción jurisdiccional de protección al consumidor.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!