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Sentencia Superindustria y ComercioProveedor responde por daños derivados de información insuficiente (8:25 a.m.)

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03 de Abril de 2018

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En términos generales, el deber de informar supone la existencia de una relación de consumo en virtud de la cual un consumidor adquiere un bien o servicio a un productor y/o proveedor, determinado por las condiciones objetivas y específicas anunciadas respecto del mismo. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio, el bien o servicio debe ajustarse a las características de uso y funcionamiento anunciadas, so pena de resultar el productor y/o proveedor responsables de todo daño que resulte de la inadecuada o insuficiente información. Así las cosas, evaluar la veracidad y suficiencia de la información que determinó la intención de compra es muy importante en torno a la protección de los derechos de los consumidores en el marco de la acción jurisdiccional de protección al consumidor.

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