Remitirse a antecedentes jurisprudenciales no vulnera el debido proceso (11:33 a.m.)
11 de Mayo de 2018
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Nota:
60703
Si bien el operador judicial de segunda instancia se encuentra limitado por la apelación y, por ende, es ajeno a su competencia pronunciarse sobre otras decisiones que se hayan adoptado en providencias anteriores (ya que se presume su firmeza), ello no obsta para remitirse, en lo que sea viable, a las decisiones que constituyen antecedentes jurisprudenciales, recuerda la Sección Quinta del Consejo de Estado. En efecto, remitirse a consideraciones de sentencias anteriores, con independencia de su ejecutoriedad, no es una práctica reprochable. Así las cosas, es improcedente cualquier solicitud de amparo constitucional por presunta vulneración del debido proceso, pues esta particularidad de la práctica judicial no tiene incidencia directa sobre este derecho (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).
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