Reiteran posibilidad de demandar oficios de comunicación expedidos dentro de reestructuración de entidades públicas (2:35 p.m.)
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26 de Diciembre de 2016
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La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional reiteró el precedente vigente sentado por el Consejo de Estado y acogido por la Corte Constitucional que acepta la posibilidad de demandar, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, los oficios de comunicación expedidos dentro de procesos de reestructuración de las entidades públicas. Lo anterior, por cuanto son actos administrativos de contenido particular y concreto que modifican la situación jurídica del servidor público cuyo cargo fue suprimido. En virtud de lo precedente, recordó que tanto los jueces ordinarios, como los de tutela de instancia no pueden desatender o ignorar, sin justificación alguna, lo dispuesto en este criterio jurisprudencial. Es importante resaltar que este precedente se ha consolidado con las sentencias T-446 del 2013, T-146 del 2014, T-153 y T-464 del 2015 y T-228 del 2016 del alto tribunal constitucional (M.P. Alberto Rojas Ríos)
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