13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Procesal


Recursos improcedentes no suspenden el término de caducidad de la acción (3:13 p.m.)

21 de Septiembre de 2012

Reproducir
Nota:
84262
La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que la interposición de recursos improcedentes no suspende el término de caducidad de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, por ende, este debe contarse a partir de la notificación, publicación o ejecución del acto, según corresponda, tal como lo dispone el artículo 136 del Código Contencioso Administrativo. En ese sentido, afirmó que los actos administrativos que impliquen retiro del servicio de un empleado se dan a conocer a través de su ejecución, fecha que debe tenerse en cuenta a efectos de la caducidad (C.P. Luis Rafael Vergara).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)