Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Recurso extraordinario de revisión no debe usarse como una tercera instancia (9:24 a.m.)

109666

14 de Diciembre de 2018

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Sección Segunda del Consejo recordó que el recurso extraordinario de revisión es una excepción al principio de inmutabilidad de las sentencias (que hacen tránsito a cosa juzgada material) y que permite controvertir un fallo ejecutoriado cuando se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 250 de la Ley 1437 del 2011 (CPACA), con el único fin que se produzca una decisión ajustada a la ley. Así mismo, este recurso constituye una verdadera acción impugnatoria con efectos rescisorios que se dirige a reexaminar las circunstancias fácticas o probatorias, por lo que su procedencia debe ser analizada con cautela, pues no se debe convertir en una especie de ‘tercera instancia’ que derive en un abuso del sistema judicial (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)