Recuerdan diferencia entre la deducción por salarios y la deducción por aportes parafiscales (2:51 p.m.)
Openx [71](300x120)
100220
23 de Enero de 2015
Escucha esta noticia audio generado con IA
El Consejo de Estado, al analizar la solicitud de nulidad respecto a la liquidación de revisión expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales originada en una declaración de renta presentada en el 2003, recordó las diferencias existentes entre la deducción por salarios y la deducción por aportes parafiscales, considerando que se trata de conceptos diferentes que pueden ser utilizados por los contribuyentes para depurar la renta líquida gravable y reducir el impuesto de renta a cargo. Al respecto, el alto tribunal señaló que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 108 del Estatuto Tributario, para aceptar la deducción por salarios los empleadores obligados a pagar subsidio familiar y a hacer aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje, al Instituto de Seguros Sociales y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar deben estar a paz y salvo por tales conceptos por el respectivo año o periodo gravable, para lo cual los recibos expedidos por las entidades recaudadoras constituyen prueba de tales aportes. Además, indicó que deben demostrar el pago de los aportes obligatorios previstos en la Ley 100 de 1993. Así las cosas, aclaró que la ley condiciona la procedencia de la deducción por salarios al pago de los aportes parafiscales correspondientes al respectivo año gravable (C.P. Jorge Octavio Ramírez).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!