Recuerdan alcance de la confesión ficta o presunta (10:03 a.m.)
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11 de Septiembre de 2015
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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia recordó que la confesión ficta o presunta tiene la significación procesal de una auténtica presunción de las que en lenguaje técnico se denominan legales o juris tantum, lo que equivale a decir que invierte el peso de la prueba haciendo recaer sobre el no compareciente la obligación de rendir la prueba contraria, pues, de no hacerlo, las secuelas de la presunción podrían redundar en su contra (M. P. Ariel Salazar).
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