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Que el contrato estatal contemple una cláusula compromisoria no impide que las partes acudan a la justicia administrativa para resolver los conflictos contractuales (10:47 a.m.)

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30 de Noviembre de 2010

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Que el contrato estatal contemple una cláusula compromisoria no impide a las partes acudir a la justicia contencioso administrativa para dirimir los conflictos que antes deseaban resolver ante la justicia arbitral. Así lo advirtió el Consejo de Estado al precisar que para ello es posible suscribir un nuevo acuerdo derogando la cláusula arbitral o simplemente demandar ante la justicia administrativa y dejar de contestar la demanda o contestarla sin proponer la excepción de falta de jurisdicción. En este último caso se entiende que las partes renuncian a la justicia arbitral tácitamente, una de ellas interponiendo demanda y la otra guardando silencio. El consejo agregó, entre otras cosas, que el acta de liquidación puede prestar mérito ejecutivo a través del proceso ejecutivo (C.P. Enrique Gil Botero).

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